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Guía2026-07-197 min

Formación de piloto de drones: qué certificado necesita tu empresa

La normativa clasifica por riesgo, no por finalidad. Te explicamos qué formación y qué certificado corresponden a cada subcategoría, y cómo mantenerlos al día.

Poner a un piloto a volar de forma legal no depende de lo hábil que sea con los mandos, sino de la formación de piloto de drones y del certificado que exige cada operación. La normativa europea clasifica por riesgo, no por si el vuelo es comercial o recreativo, así que el papel que necesitas cambia según a qué distancia de personas vueles, con qué dron y en qué categoría. Elegir mal el certificado es una de las causas más habituales de que un expediente se frene antes de despegar.

Esta guía ordena, a nivel nacional, qué formación y qué certificado corresponden a cada subcategoría de la categoría abierta (A1, A2 y A3) y a la categoría específica, cómo se acreditan ante AESA y cuándo caducan. Y aclara de entrada una confusión que retrasa muchos trámites: la diferencia entre el piloto a distancia y el operador UAS.

¿Qué formación de piloto de drones y qué certificado necesitas?

El certificado depende del riesgo de la operación: para la categoría abierta basta con la formación y el examen en línea de AESA, con un examen teórico adicional si vas a operar en A2, mientras que la categoría específica exige una formación teórico-práctica más completa. Ningún certificado te habilita por sí solo para volar en cualquier sitio: es una pieza más, junto al registro de operador, el seguro y los permisos de la zona.

La lógica es siempre la misma. Cuanto más cerca de personas ajenas a la operación y cuanto mayor sea el riesgo, más exigente es la formación. Por eso conviene definir primero la operación real de tu empresa (dónde, con qué dron y a qué distancia de gente) y solo después decidir el certificado. Si aún no tienes claro en qué categoría encaja tu actividad, empieza por categoría abierta o específica.

Los pilotos a distancia deben estar familiarizados con las instrucciones del fabricante y disponer de la competencia adecuada a la subcategoría o al escenario en el que operen.

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, sobre las normas de las operaciones de UAS

¿Piloto a distancia u operador UAS: quién necesita el certificado?

El certificado de formación lo acredita el piloto a distancia, la persona que maneja el dron; el operador UAS es quien se registra ante AESA y responde legalmente de la operación. Pueden ser la misma persona o empresa, o no: una empresa puede figurar como operador y contratar a varios pilotos, cada uno con su propia formación.

El registro de operador ante AESA es obligatorio si el dron pesa 250 gramos o más, o si lleva cámara o un sensor capaz de captar datos personales, salvo que sea un juguete. Ese registro es del operador, no de cada aparato: AESA asigna un número de operador que se exhibe en el dron y vale para toda tu flota. Tienes el detalle en registro de operador UAS en AESA. La formación, en cambio, es personal de cada piloto y no se transfiere de una persona a otra.

Para una empresa, esta distinción es puro orden del expediente: el número de operador identifica a la organización, y detrás debe haber pilotos con el certificado que corresponda a cada tipo de vuelo. Si un piloto se marcha, su certificado se va con él; el registro de operador se queda.

¿Qué formación exige la categoría abierta (A1, A2 y A3)?

En la categoría abierta la formación se realiza en línea a través de AESA: A1 y A3 comparten un curso y un examen teórico básicos, y A2 añade un examen teórico adicional junto a una autoformación práctica declarada. Es el nivel de entrada para la mayoría de operaciones de bajo riesgo, siempre en alcance visual (VLOS), por debajo de 120 metros sobre el terreno y con drones de menos de 25 kg.

  • A1 y A3: formación y examen en línea en la sede electrónica de AESA. Habilitan para volar cerca (A1) o lejos (A3) de personas, según el marcado de clase del dron.
  • A2: sobre la base anterior, exige un examen teórico adicional y una autoformación práctica que el propio piloto declara. Permite acercarse a personas no involucradas guardando la distancia de seguridad.

La subcategoría no depende solo de tu certificado: también del marcado de clase del dron (C0 a C6), que viene de fábrica y determina dónde puede volar cada aparato. Certificado del piloto y clase del dron son dos requisitos distintos que tienen que encajar entre sí.

SubcategoríaFormaciónExamenDónde
A1 / A3Curso teórico básicoExamen tipo testEn línea, AESA
A2Curso básico y autoformación práctica declaradaExamen teórico adicionalAESA / centro reconocido
EspecíficaFormación teórico-prácticaSegún escenario o autorizaciónEntidad reconocida

¿Qué formación pide la categoría específica?

La categoría específica exige una formación teórico-práctica más completa que la de la categoría abierta, ajustada al escenario de la operación. Aquí ya no basta un examen en línea: entra en juego la parte práctica y la acreditación de competencias para operaciones de mayor riesgo, como volar sobre zona controlada en tierra o más allá del alcance visual.

Los escenarios estándar (STS) son la vía más ágil cuando tu operación encaja en un patrón ya definido: STS-01 (VLOS sobre zona controlada en tierra) y STS-02 (BVLOS). Ambos exigen un dron con marcado de clase y la formación específica correspondiente. Cuando la operación no encaja en ningún escenario estándar, la ruta es la autorización operacional de AESA, que se apoya en un análisis de riesgo SORA y en la que el silencio administrativo es negativo: tres meses sin resolución equivalen a denegación.

¿Caducan los certificados de piloto de drones? ¿Cómo se renuevan?

Sí: los certificados de piloto tienen un periodo de validez y hay que renovarlos antes de que expiren para seguir volando de forma legal. El plazo exacto y las condiciones de renovación los fija AESA, así que conviene anotar la fecha de tu certificado y revisarla con margen, no el día antes de una operación.

Para una empresa esto es un asunto de calendario, no de última hora: si un piloto deja caducar su certificado, esa persona no puede figurar como piloto a distancia hasta renovarlo, y una operación planificada puede quedarse sin tripulación habilitada. Llevar el control de vencimientos de certificados, seguro y autorizaciones forma parte de tener el expediente en orden.

¿Qué certificado necesita tu empresa según su operación?

Como regla práctica: si vuelas lejos de personas y en espacios despejados, A1/A3 suele bastar; si necesitas acercarte a personas no involucradas, entra el A2; y si la operación es de mayor riesgo (ciudad, noche, BVLOS o sobre personas), estás en categoría específica con formación teórico-práctica. La finalidad comercial no cambia la categoría: lo que la fija es el riesgo de la operación.

Para un responsable de empresa, el certificado del piloto es solo una de las piezas del rompecabezas. Alrededor conviven el registro de operador, el seguro de responsabilidad civil obligatorio para uso profesional, el marcado de clase del dron y los permisos de cada zona de vuelo. Volar sin la formación o el certificado que corresponde no es un descuido menor: puede acarrear sanciones importantes, con tramos que en uso profesional escalan mucho. Lo desglosamos en multa por volar un dron sin permiso y en la guía general de permisos para dron comercial.

En AERIA no expedimos certificados ni impartimos la formación: eso corresponde a AESA y a los centros reconocidos, y el certificado es siempre personal del piloto. Lo que hacemos es coordinar el papeleo que rodea a tu operación, ordenar el expediente, vigilar plazos y vencimientos y tramitar las autorizaciones ante quien las concede, porque la autorización la otorga siempre el organismo competente, no AERIA. Si quieres delegar la burocracia y centrarte en volar, mira cómo trabajamos, empieza en app.aer-ia.com o escríbenos a info@aer-ia.com.

Fuentes

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, sobre las normas y los procedimientos para la operación de aeronaves no tripuladas
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/945, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y sus clases de marcado
  • Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA): registro de operador UAS y formación de piloto a distancia (A1/A3, A2 y categoría específica)
  • Real Decreto 517/2024, por el que se regulan las zonas geográficas de UAS en España
  • Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea (régimen sancionador, artículo 55; silencio administrativo negativo)
  • Tribunal Supremo, Sala Tercera, sentencia de 19 de junio de 2025 (anulación parcial del decreto de drones)

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AERIA coordina cada autoridad y cada plazo por ti. Tú vuelas, nosotros tramitamos.

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Preguntas frecuentes

¿El uso profesional exige un certificado distinto al recreativo?
No. La normativa clasifica por el riesgo de la operación, no por su finalidad, así que el uso comercial o profesional no cambia por sí mismo la categoría ni el certificado. En categoría abierta basta la formación y el examen en línea de AESA (A1/A3, o A2 con un examen teórico adicional); la categoría específica exige formación teórico-práctica.
¿Puede una empresa registrarse como operador y contratar a los pilotos?
Sí. El registro de operador es de la organización y su número vale para toda la flota, mientras que cada piloto aporta su propia formación, personal e intransferible. Si un piloto se marcha, su certificado se va con él y el registro de operador permanece en la empresa.
¿Cómo se saca la formación A1/A3 y A2?
La formación y el examen A1/A3 se realizan en línea a través de la sede electrónica de AESA. El A2 añade un examen teórico adicional y una autoformación práctica declarada. Consulta en AESA las condiciones y requisitos vigentes, ya que pueden variar.
¿Qué ocurre si un piloto deja caducar su certificado?
Mientras no lo renueve no puede figurar como piloto a distancia, y una operación planificada puede quedarse sin tripulación habilitada. Por eso conviene llevar el control de vencimientos con margen. El plazo y las condiciones de renovación los fija AESA, que es donde debes verificarlos.
¿Influye la clase del dron en la formación que necesito?
Sí, de forma indirecta: la subcategoría depende a la vez del certificado del piloto y del marcado de clase del dron (C0 a C6), que viene de fábrica, y ambos requisitos tienen que encajar. Para los escenarios estándar STS-01 y STS-02 se exige además un dron con marcado de clase y la formación específica correspondiente.
¿Puede la empresa delegar estos trámites en AERIA?
La formación y el examen los realiza el piloto ante AESA o un centro reconocido, y el certificado es personal e intransferible. El registro de operador y la coordinación del resto del papeleo y los plazos sí se pueden delegar. La autorización la concede siempre el organismo competente, no AERIA.