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Guia2026-07-177 min

Clases de dron C0, C1, C2, C3 y C4 (y C5, C6): qué significan para tu operación

El marcado de clase lo pone el fabricante, no tú. Te contamos qué habilita cada clase de dron, su relación con el peso y el marcado CE, y qué trámites siguen dependiendo de ti.

Si tu empresa opera drones de forma profesional, tarde o temprano te topas con una etiqueta pegada al fuselaje: C0, C1, C2, C3 o C4. Las clases de dron C0, C1, C2, C3 y C4, junto con las clases C5 y C6, forman el sistema de identificación de producto que fija el Reglamento Delegado (UE) 2019/945, y condicionan buena parte de lo que puedes hacer legalmente con cada aparato. La clave que conviene interiorizar desde el principio es sencilla: esa clase no la eliges tú, viene marcada de fábrica.

En esta guía te explicamos qué habilita cada clase a grandes rasgos, cómo se relacionan con el peso y con el marcado CE, y por qué es el fabricante quien asigna esa etiqueta. Verás también que tener un dron bien clasificado no te libra del papeleo: el registro, la formación, el seguro y la consulta de zonas siguen dependiendo de ti como operador. Para los umbrales y condiciones exactos, la referencia siempre es la guía oficial de AESA.

¿Qué son las clases de dron C0 a C6 y quién las asigna?

Las clases de dron C0 a C6 son categorías de producto definidas por el Reglamento Delegado (UE) 2019/945: las asigna el fabricante durante la fabricación y quedan reflejadas en una etiqueta física sobre el aparato y en su manual de instrucciones. Cada clase agrupa drones con requisitos técnicos parecidos, como el peso máximo, la velocidad o los sistemas de seguridad, y le dice al operador en qué marco puede volarlos.

Conviene no confundir las dos normas europeas que se reparten el trabajo. El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 regula las operaciones: quién vuela, con qué categoría y bajo qué condiciones. El Reglamento Delegado (UE) 2019/945 regula el producto: cómo se fabrica el dron y a qué clase pertenece. El marcado de clase es el puente entre ambos, porque traduce las características del aparato en operaciones permitidas.

El marcado de identificación de clase señala a qué clase pertenece un dron y orienta al operador sobre la subcategoría o el escenario en el que puede utilizarlo.

Idea recogida en el Reglamento Delegado (UE) 2019/945

¿Qué relación tienen las clases de dron con el peso y el marcado CE?

La clase está ligada sobre todo al peso máximo al despegue y a ciertas características técnicas, y siempre va acompañada del marcado CE, que acredita que el producto cumple la normativa europea aplicable. Peso y marcado CE son dos cosas distintas pero complementarias: el peso influye en la clase, y el CE certifica la conformidad del conjunto.

El peso es el eje más visible. Los drones de clase C0 son los más ligeros, por debajo de 250 gramos, mientras que las clases C3 y C4 llegan hasta el límite de 25 kilogramos de la categoría abierta. Pero el peso no lo explica todo: la clase también depende de la velocidad máxima, de la existencia de un modo de baja velocidad, de la geoconsciencia o de la identificación a distancia (Remote ID), entre otros elementos. Dos drones con un peso parecido pueden pertenecer a clases diferentes según sus funciones.

¿Qué habilitan las clases de dron C0, C1, C2, C3 y C4?

A grandes rasgos, las clases más ligeras (C0 y C1) dan acceso a la subcategoría A1 de la categoría abierta, la C2 abre la puerta a la A2 y las C3 y C4 se orientan a la A3; las clases C5 y C6 se reservan a los escenarios estándar de la categoría específica. Los detalles precisos, con sus distancias y velocidades, figuran en la guía oficial y conviene verificarlos antes de cada operación.

ClasePerfil orientativoQué habilita a grandes rasgosCategoría
C0Los más ligeros, por debajo de 250 gSubcategoría A1: cerca de personas, sin sobrevolar aglomeracionesAbierta
C1Ligeros, con límites de peso y de energía de impactoSubcategoría A1Abierta
C2Peso intermedio, con modo de baja velocidadSubcategoría A2: cerca de personas con distancia de seguridadAbierta
C3Mayor peso, hasta el límite de la categoría abiertaSubcategoría A3: lejos de personas y zonas habitadasAbierta
C4Aeromodelos sin modos de control automáticoSubcategoría A3Abierta
C5Orientado a vuelo sobre zona controlada en tierraEscenario estándar STS-01 (VLOS sobre zona controlada)Específica
C6Orientado a vuelo más allá del alcance visualEscenario estándar STS-02 (BVLOS)Específica

Este cuadro es orientativo, no un mapeo rígido. Un dron de clase inferior puede volar en una subcategoría más restrictiva: por ejemplo, un C1 puede operar en A3 si te alejas de las personas, aunque su clase le permita acercarse más. Dicho de otro modo, la clase marca el techo de proximidad a personas, no una única opción cerrada. Si dudas entre la categoría abierta y la específica, te ayudará leer cuál necesita tu empresa y, para C5 y C6, la guía de escenarios estándar (STS).

¿Por qué la clase la marca el fabricante y no tú como operador?

Porque la clase certifica características de diseño y fabricación, como el peso, la velocidad, los sistemas de seguridad o la geoconsciencia, que solo el fabricante puede garantizar y documentar. Tú, como operador, no puedes reclasificar un dron ni asignarle una clase distinta por tu cuenta, ni modificarlo para subirlo de categoría.

Esto tiene una consecuencia práctica muy concreta: la clase es una decisión de compra. Antes de adquirir un equipo, comprueba que su clase encaja con las operaciones que planeas. Si tu trabajo exige acercarte a personas en entornos poblados, necesitarás un dron cuya clase habilite esa proximidad; si vas a volar siempre lejos de la gente, una clase orientada a la A3 puede bastarte. Comprar la clase equivocada te obliga después a limitar la operación o a tramitar autorizaciones adicionales.

¿Y si tu dron todavía no tiene marcado de clase?

Los drones sin marcado de clase, tanto los llamados legacy adquiridos antes de este sistema como los de construcción privada, se rigen por un régimen transitorio y limitado que la normativa ha ido ajustando con el tiempo. Conviene comprobar en la fuente oficial qué operaciones siguen permitidas en cada momento, porque las condiciones y los plazos han cambiado.

Además, el marco puede seguir moviéndose. La sentencia del Tribunal Supremo (Sala Tercera) de 19 de junio de 2025 anuló varios artículos del decreto de drones por exceso de burocracia, de modo que algunos requisitos pueden verse revisados. Por eso, antes de dar por buena la clase de un aparato antiguo o de planificar una campaña, verifica la versión vigente en AESA. Si estás montando tu operativa desde cero, esta guía de permisos para dron comercial en España te sirve como mapa general.

¿Qué trámites siguen siendo tuyos aunque el dron ya tenga su clase?

El marcado de clase habilita al producto, pero no sustituye a tus obligaciones como operador. Aunque el dron llegue con su etiqueta perfecta, el registro, la formación, el seguro y la consulta de zonas siguen siendo imprescindibles y son responsabilidad tuya.

  • Registro de operador UAS en AESA: obligatorio si el dron pesa 250 g o más, o si lleva cámara o sensor capaz de captar datos personales, salvo que sea un juguete. Es del operador, no de cada aparato. Te lo detallamos en cómo darte de alta.
  • Formación y certificados del piloto: A1 y A3 con formación y examen en línea, A2 con un examen teórico adicional y la específica con formación teórico-práctica. Comprueba cuál necesitas.
  • Seguro de responsabilidad civil: obligatorio para uso profesional. Repasa qué cubre y por qué es obligatorio.
  • Zonas geográficas UAS: antes de volar, consulta el geoportal de ENAIRE. Los solapamientos suman condiciones y puede haber restricciones temporales y NOTAM.
  • Protección de datos: si captas imágenes de personas, además de la normativa aeronáutica aplica el RGPD y la protección de datos, cuya autoridad es la AEPD, distinta de AESA.

Volar fuera de lo que permiten tu clase y tus autorizaciones puede salir caro: la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea contempla sanciones que en uso profesional alcanzan cifras muy elevadas. Si quieres verlo con detalle, aquí tienes los tramos de las multas y cómo evitarlas. Y si necesitas ubicar quién autoriza cada cosa, revisa nuestra explicación del marco normativo.

En AERIA nos ocupamos del papeleo para que tú te centres en volar. Coordinamos y tramitamos tu expediente: registro, formación, seguro, consulta de zonas y, cuando toca, la declaración o la autorización operacional ante el organismo competente. No concedemos autorizaciones, eso corresponde siempre a la administración, pero preparamos el expediente para que llegue completo y en plazo. Escríbenos a info@aer-ia.com o empieza tu solicitud en app.aer-ia.com y delega la burocracia de tu operación con drones.

Fuentes

  • Reglamento Delegado (UE) 2019/945, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y clases de dron
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, sobre las normas y procedimientos aplicables a la utilización de UAS
  • AESA. Guías y documentación oficial sobre drones: categorías, subcategorías y clases
  • ENAIRE. Geoportal de zonas geográficas UAS
  • Real Decreto 517/2024, sobre zonas geográficas UAS (BOE)
  • Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea (régimen sancionador, artículo 55)
  • Tribunal Supremo, Sala Tercera, sentencia de 19 de junio de 2025

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AERIA coordina cada autoridad y cada plazo por ti. Tú vuelas, nosotros tramitamos.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo modificar mi dron o reclasificarlo para volar más cerca de personas?
No. La clase certifica características de diseño y fabricación que solo el fabricante puede garantizar, y como operador no puedes reasignarla ni modificar el aparato para subirlo de categoría. Si tu trabajo exige acercarte a personas, esa clase es una decisión de compra que conviene resolver antes de adquirir el equipo.
¿Qué subcategoría puedo usar con un dron de clase C2?
A grandes rasgos, un C2 habilita la subcategoría A2 de la categoría abierta, con distancia de seguridad y modo de baja velocidad, y también puedes volarlo en A3. Las distancias y condiciones exactas figuran en la guía oficial de AESA, que conviene verificar antes de cada operación.
Mi dron no tiene marcado de clase, ¿puedo volarlo?
Los drones sin marcado de clase se rigen por un régimen transitorio y limitado que la normativa ha ido ajustando. Puede permitir ciertas operaciones, sobre todo alejadas de personas, pero las condiciones cambian con el tiempo. Comprueba siempre la versión vigente en AESA antes de operar.
¿Para qué sirven las clases C5 y C6?
Las clases C5 y C6 se orientan a la categoría específica y a los escenarios estándar: la C5 al STS-01 (vuelo VLOS sobre zona controlada en tierra) y la C6 al STS-02 (vuelo más allá del alcance visual). Ambos requieren dron con marcado de clase y formación específica.
¿El marcado de clase me exime del registro y la formación?
No. La clase habilita al producto, pero como operador sigues obligado a registrarte en AESA, a que el piloto tenga la formación correspondiente, a contar con seguro para uso profesional y a consultar las zonas geográficas antes de volar.
¿Dónde compruebo la clase de mi dron?
En la etiqueta física del aparato y en su manual de instrucciones, junto al marcado CE. Si tienes dudas sobre qué operaciones habilita esa clase, la referencia es la guía oficial de AESA y la ficha técnica del fabricante.