En una operación con drones en España no interviene un único organismo. AESA autoriza la operación (sobre todo en la categoría específica), ENAIRE publica la información aeronáutica y el mapa de zonas geográficas UAS y coordina el U-space, y CECAF, del Ejército del Aire y del Espacio, coordina las zonas militares. A ellos se suman, según dónde y qué vueles, ADIF, el Ministerio del Interior y las comunidades autónomas. Saber quién autoriza qué evita presentar el trámite en la ventanilla equivocada y perder plazos.
¿Quién autoriza realmente una operación con drones en España?
La autoridad aeronáutica es AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea): es quien concede la autorización operacional cuando la operación lo requiere. El resto de organismos no sustituyen a AESA. Aportan información, gestionan zonas concretas o coordinan el acceso a un espacio aéreo o a un territorio bajo su competencia. La regla práctica: primero identificas la categoría de tu operación y las zonas que atraviesas; después sabrás ante quién hay que tramitar.
Las operaciones se clasifican en tres categorías: abierta (subcategorías A1, A2 y A3, de menor riesgo y sin autorización previa si se cumplen las condiciones), específica (mediante escenario estándar STS por declaración, o autorización operacional basada en un análisis de riesgo SORA) y certificada (la de mayor riesgo). El grueso del papeleo con AESA aparece en la categoría específica.
AESA: autoriza la operación
AESA gestiona el registro de operador, habilita los escenarios estándar STS por declaración operacional, concede la autorización operacional en categoría específica (con SORA cuando procede) y emite otros documentos, como el certificado de operador ligero de UAS (LUC). Es el organismo ante el que se presenta la mayor parte de las autorizaciones de vuelo profesional. Un matiz útil: AESA autoriza la operación, no las zonas. El acceso a cada zona depende de quien la gestiona.
ENAIRE: información aeronáutica, mapa de zonas y U-space
ENAIRE es el proveedor de servicios de navegación aérea. Publica la información aeronáutica y el mapa oficial de zonas geográficas UAS a través de su geoportal de drones, la herramienta que conviene consultar antes de planificar cualquier vuelo, y presta y coordina los servicios del U-space. En espacio aéreo controlado o en un U-space, la coordinación con ENAIRE puede ser un paso previo necesario. ENAIRE informa y coordina; la autorización de la operación sigue siendo de AESA.
CECAF: las zonas militares
Cuando la operación afecta a una zona militar (por ejemplo, zonas restringidas o de uso militar recogidas en el mapa de zonas geográficas UAS), la coordinación corresponde a CECAF, del Ejército del Aire y del Espacio. Volar en esos espacios sin la coordinación previa no es una opción.
ADIF, Ministerio del Interior y comunidades autónomas
Según el escenario concreto pueden intervenir otros organismos: ADIF cuando el vuelo afecta a infraestructura ferroviaria (vías, estaciones, instalaciones); el Ministerio del Interior en supuestos ligados a seguridad y orden público o a instalaciones sensibles; y las comunidades autónomas cuando se sobrevuelan espacios naturales protegidos, que suelen exigir su propia autorización. Conviene comprobar cada caso en las fuentes oficiales.
Tabla: qué autoriza cada organismo y cuándo interviene
| Organismo | Qué autoriza o gestiona | Cuándo interviene |
|---|---|---|
| AESA | Autorización operacional (categoría específica, SORA), habilitación de STS por declaración, registro de operador, examen A2, certificado LUC. | Siempre que la operación requiera autorización o declaración. Es la autoridad aeronáutica. |
| ENAIRE | Información aeronáutica, mapa de zonas geográficas UAS (geoportal de drones), servicios y coordinación del U-space. | Al planificar (consulta del mapa) y para coordinación en espacio aéreo controlado o U-space. |
| CECAF (Ejército del Aire y del Espacio) | Coordinación de zonas militares (restringidas o de uso militar). | Cuando la operación afecta a una zona militar. |
| ADIF | Coordinación en el entorno de la infraestructura ferroviaria. | Vuelos sobre o cerca de vías, estaciones e instalaciones ferroviarias. |
| Ministerio del Interior | Según el caso: seguridad, orden público, instalaciones sensibles. | Operaciones que afectan a la seguridad ciudadana o a espacios protegidos por este motivo. |
| Comunidades autónomas | Autorización propia en espacios naturales protegidos y otras competencias autonómicas. | Vuelos sobre parques naturales, reservas y espacios protegidos. |
¿Qué pasa si mi vuelo cae en varias zonas geográficas UAS?
Las zonas geográficas UAS están reguladas por el Real Decreto 517/2024. Un mismo punto puede estar cubierto por más de una zona a la vez (por ejemplo, una zona con condicionantes aeronáuticos que se solapa con un espacio natural protegido). En ese caso hay que cumplir de forma simultánea los requisitos de todas las zonas que se solapan: no basta con satisfacer la menos exigente. Por eso el mapa de ENAIRE es el punto de partida, y de ahí se deriva la lista de organismos a los que hay que dirigirse.
¿Cuánto tardan y qué ocurre si no responden? Plazos y silencio administrativo
Los plazos dependen del tipo de trámite. En una autorización operacional, el dato clave es el sentido del silencio administrativo: si la Administración no resuelve de forma expresa en el plazo previsto, el silencio es desestimatorio, es decir, equivale a una denegación. En la práctica, esto significa que una operación no puede darse por autorizada por el mero paso del tiempo.
En las autorizaciones operacionales, transcurridos tres meses sin resolución expresa, el silencio administrativo se entiende desestimatorio (equivale a denegación).
Ley 21/2003, de Seguridad Aérea, disposición adicional decimonovena
Por eso importa presentar el expediente completo y con margen: un trámite incompleto o presentado tarde puede traducirse en una denegación por silencio y en volver a empezar.
El marco está en evolución: el Tribunal Supremo (Sala Tercera), en sentencia de 19 de junio de 2025, anuló varios artículos del real decreto de drones por considerar excesiva la carga burocrática. Es un motivo más para trabajar siempre con la versión vigente de la norma y con las fuentes oficiales de AESA y ENAIRE.
Delegar la coordinación de organismos
Coordinar AESA, ENAIRE, CECAF y, si toca, ADIF, Interior o la comunidad autónoma, es la parte que más tiempo consume de una operación. En AERIA nos encargamos del papeleo: identificamos qué organismos intervienen en tu vuelo, preparamos la documentación y presentamos cada trámite ante quien corresponde, dentro de plazo. Trabajamos en toda España. La autorización la concede el organismo competente, no AERIA. Nuestro trabajo es que el expediente llegue completo y a la ventanilla adecuada. Si quieres delegar la tramitación, puedes hablar con un asesor en app.aer-ia.com o escribir a info@aer-ia.com.